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AYUDAS MEDIO RURAL

IMPULSO DE INICIATIVAS DE DESARROLLO EMPRESARIAL EN EL MEDIO RURAL DE ARAGÓN

La convocatoria 2024, publicada en el BOA el 18 de noviembre y financiada por el Fondo de Cohesión Territorial, ofrece ayudas por un total de 750.000 € para impulsar iniciativas empresariales en el medio rural de Aragón.

Esta convocatoria tiene como finalidad la financiación de actuaciones vinculadas al impulso de iniciativas de desarrollo empresarial en el medio rural aragonés. Estas ayudas incidirán especialmente en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Las solicitudes se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siguiendo principios de objetividad, transparencia y no discriminación. El plazo de presentación será de 10 días hábiles desde la publicación en el BOA, finalizando el 2 de diciembre a las 23:59 h. Las solicitudes deben presentarse a través del registro electrónico. Más información: ayudas@aragonemprende.com

Con un presupuesto de 750.000€

¿QUÉ DEBES SABER SOBRE ESTAS AYUDAS?

OBJETIVOS

Fomentar un modelo de desarrollo económico y empresarial en zonas rurales

Contribuir a revitalizar el tejido empresarial y frenar la despoblación en municipios pequeños.

BENEFICIARIOS

Pymes con menos de 50 trabajadores

Empresarios individuales con al menos un trabajador contratado.

Centro de trabajo en funcionamiento en el medio rural de Aragón.

AYUDAS

Máximo 50.000 € (hasta 80% del coste para iniciativas emprendedoras y hasta 70% para resto de beneficiarios).

LÍNEAS DE AYUDAS

Existen dos líneas de apoyo, conócelas:

LÍNEA I

Empresas establecidas con más de 5 años de actividad hasta el 70% del coste subvencionable (inversión/gasto mínimo 30.000 €)

Solo un proyecto por solicitante. Ayuda máxima 50.000 € por proyecto

LÍNEA II

Iniciativas emprendedoras con menos de 5 años de actividad hasta el 80% del coste subvencionable (inversión/gasto mínimo 25.000 €)

Solo un proyecto por solicitante. Ayuda máxima 50.000 € por proyecto

¿QUÉ REQUISITOS SE DEBEN CUMPLIR?

Para acceder a la condición de beneficiario las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:

Empresarios autónomos. Personas físicas establecidas en el medio rural de Aragón que realicen de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia una actividad
económica o profesional a título lucrativo, que dé ocupación al menos a un
trabajador por cuenta ajena, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley
20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

Pequeñas empresas establecidas en el medio rural de Aragón, legalmente constituidas, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de Obrar. Se considerará pequeñas empresas aquellas que ocupen a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros, y que cumplan los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014, de la Comisión, de 17 de
junio de 2014.

Quedan excluidas de estas ayudas las comunidades de bienes, entidades y sociedades públicas, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y resto de entidades sin ánimo de lucro.

Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo.